TERMINA EL PLAZO PARA RECLAMAR LOS GASTOS HIPOTECARIOS: ¿ESTOY A TIEMPO DE RECUPERAR MI DINERO?

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ABOGADO PIQUERAS RECUPERAR GASTOS HIPOTECARIOS


El 23 de enero de 2019, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios en una sentencia que sentó jurisprudencia y cambió la ley. Desde marzo de 2019, los bancos deben informar fehacientemente de estos gastos a los clientes, pero ¿y todos aquellos que pagaron estos costes sin estar debidamente informados? Desde el momento de sentar jurisprudencia, se abrió el plazo para que todos podamos reclamarlos.


Seguramente tengas algún conocido que ha decidido revisar la documentación de su hipoteca y reclamar los gastos que pagó al formalizarla. Si todavía no lo has hecho, te preguntarás ¿hasta cuándo puedo reclamar los gastos de formalización de hipoteca? ¿Es posible recuperar los gastos hipotecarios sin coste alguno? ¿Y si la hipoteca es de hace 20 años o más? ¿Qué pasa si ya he vendido la vivienda? Para obtener respuesta a estas y otras preguntas que te haces, hemos acudido al despacho de Abogado Piqueras, desde donde ya nos avisan "la cuenta atrás ha comenzado: Tienes hasta el 24 de enero para recuperar tu dinero".


La gran mayoría de juzgados sentencian que deben devolverse los gastos de formalización. Es decir, el 50% de los gastos de Notario, así como el 100% de los gastos de Registro, Gestoría y Tasación, pueden ser reclamados. En cuanto a la comisión de apertura, aunque no todos los juzgados comparten que estemos ante una cláusula radicalmente nula y debe estudiarse caso por caso, los bancos no disponen de documentación que acredite que esa comisión está justificada, de ahí su nulidad. "Puedes llegar incluso a recuperar hasta 3.000 euros con solo aportar alguna documentación", explica Francisco Piqueras mediante un sencillo ejemplo: "Luis concertó un préstamo con garantía hipotecaria en el año 2011 por valor de 198.700 euros con Ibercaja. En la cláusula 5ª se establece que la comisión de apertura son 993,50 euros y en la cláusula 6ª que todos los gastos de formalización del préstamo son a cuenta del prestatario, es decir, de Luis. La factura de notaría asciende a 642,29 euros, la del registro de la propiedad a 145,45 euros, la de tasación a 900 euros y la de gestoría a 190 euros. Luis dispone de todas estas facturas, por lo que podrá reclamar que le devuelvan 2.550,09 euros".


Para conseguir esta devolución, el cliente deberá interponer una reclamación extrajudicial, para después acudir a los Juzgados e interponer una demanda. Si bien es cierto que para interponer una reclamación extrajudicial no es necesario un abogado, "recomendamos hacerlo, ya que este paso previo es exigido por los tribunales y, de no hacerlo correctamente, esto podría ralentizar todavía más el proceso", explican desde Abogados Piqueras señalando que "ahora mismo lo más importante es el tiempo".


A falta de pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS), las posturas son diversas, pero, el criterio mayoritario entre las Audiencia Provinciales de toda España es aquel que considera que dicho plazo es de cinco años desde que una Sentencia declaró la nulidad de las cláusulas de gastos. Por tanto, se establece como día inicial la fecha de las sentencias del TS que fijaron doctrina jurisprudencial. Esto es, el 23 de enero de 2019. "Si sumásemos a la cuenta los 82 días de estado de alarma en el que se paralizaron todos los plazos, podrían quedar prescritas las acciones a partir del 15 de abril de 2024. Sin embargo, con la declaración de nulidad del decreto del Estado de Alarma por parte del Tribunal Constitucional, podría también considerarse la prescripción a partir del próximo 24 de enero de 2024", avisan desde Abogados Piqueras.


A día de hoy, los consumidores todavía estamos a tiempo de reclamar los gastos derivados de nuestras hipotecas, si bien es cierto que el 2024 está a la vuelta de la esquina. Solo hay un caso en el que no se puede reclamar. Si compraste la casa a partir de marzo de 2019 no podrás solicitar la devolución ya que en ese momento cambió la ley. ¿Por qué? Como ya hemos comentado, con el cambio de ley, a partir de esa fecha, antes de la firma de la escritura de préstamo hipotecario, el comprador ya tuvo que acudir al notario para que leyera las cláusulas y se entiende que está debidamente informado, por lo tanto no se puede reclamar. 


Los plazos se acortan y lo primero que tienes que hacer si te has decidido a reclamar, es recopilar la escritura y todas las facturas derivadas de la misma. En segundo lugar, acudir a un abogado especializado en esta materia que te guíe y ayude con este asunto para obtener el resultado más beneficioso. Si tienes las facturas, podrás reclamar los gastos con una cancelación de hipoteca, incluso si has vendido la vivienda y también si es de hace 20 años o más. Francisco Piqueras nos anima a ponernos manos a la obra para recuperar nuestro dinero: "No dudes en contactar con nosotros. Somos un despacho especializado en Derecho Bancario e Hipotecario. Podemos ayudarte a recuperar el dinero que pagaste injustamente y que te pertenece".


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