EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA LA CONDENA AL EXCALCALDE DE ALHAMA DE ARAGÓN Y ORDENA REPETIR EL JUICIO

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha decretado la nulidad de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) y de la Audiencia Provincial de Zaragoza que condenaron al exalcalde de Alhama de Aragón, José María Castejón, y al exsecretario-interventor de la corporación, Javier Gracia, por delitos de falsedad en documento oficial en concurso con estafa procesal en grado de tentativa y por acusación y denuncia falsa. El alto tribunal ha ordenado la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal diferente, al considerar que las sentencias anteriores incurrieron en "graves errores fácticos" que podrían haber alterado el fallo condenatorio.


Condenas iniciales anuladas

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) confirmó en julio de 2022 la condena de cinco años de prisión para José María Castejón, impuesta previamente por la Audiencia Provincial de Zaragoza en marzo de 2022. Además de la pena de cárcel, la condena incluía una multa de 3.780 euros y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.


Asimismo, el TSJA ratificó la condena de tres años y seis meses de prisión para el exsecretario-interventor, Javier Gracia, como coautor de los delitos de falsedad en documento oficial. Sin embargo, ambas sentencias han sido anuladas por el Supremo, que considera que el TSJA introdujo nuevos hechos probados para mantener la condena sin haber valorado directamente las pruebas personales ni escuchar a acusados y testigos.


Vulneración de derechos fundamentales

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por Castejón y ha hecho extensiva la decisión a Gracia. Según el alto tribunal, las sentencias vulneraron el derecho de defensa y el derecho a un proceso con todas las garantías, ya que el TSJA reescribió el relato de hechos probados basándose en pruebas personales que no habían sido directamente valoradas en la instancia.


"El respeto a los principios de publicidad, inmediación y contradicción, que forman parte del contenido del derecho a un proceso con todas las garantías, impone inexorablemente que toda condena basada en pruebas personales se fundamente en una actividad probatoria que el órgano judicial haya examinado directamente en un debate público", señala el Supremo en su sentencia.


El Supremo subraya que el TSJA modificó el relato de hechos probados en perjuicio de los acusados, basándose en una reconsideración de la prueba practicada en la instancia, lo que alteró los elementos subjetivos de la conducta. Este cambio de hechos fue determinante para la condena, por lo que el Supremo considera que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva.


El origen del conflicto

El caso tiene su origen en la moción de censura presentada en 2012 por José María Castejón contra el entonces alcalde de Alhama de Aragón, Joaquín Antón (CHA), que desencadenó una serie de denuncias cruzadas y tensiones políticas en el consistorio.


Todo comenzó con dos decretos firmados por Antón antes de la moción de censura. En uno, proponía la designación de Rosario A. como auxiliar administrativa interina para cubrir la vacante del secretario-interventor que estaba a punto de jubilarse. En el otro decreto, Antón establecía que Rosario A. sería repuesta como auxiliar cuando llegara el titular definitivo.


José María Castejón denunció estos decretos ante la justicia, acusando a Antón de intentar "favorecer de manera fraudulenta" a Rosario A. en detrimento de los intereses públicos y en clara vulneración del ordenamiento jurídico administrativo. Sin embargo, el TSJA concluyó que esta acusación carecía de fundamento, ya que solo tres días después de firmar los decretos, el propio Castejón propuso al pleno del Ayuntamiento la misma medida, que fue aprobada por unanimidad.


El TSJA determinó que la denuncia de Castejón era una "acusación temeraria" que demostraba un "desprecio a la verdad" al imputar a Antón y Rosario A. hechos que, de ser ciertos, constituirían una infracción penal. A pesar de una sentencia del Juzgado de lo Social que declaró improcedente el despido de Rosario A., Castejón mantuvo que la reserva de plaza era ilegal y que Antón había actuado de manera fraudulenta.


Nuevo juicio con otro tribunal

El caso, que ha estado marcado por la tensión política en Alhama de Aragón y por la mala relación entre Castejón y Antón, seguirá en los tribunales hasta que se emita un nuevo fallo. El Tribunal Supremo ha concluido que la gravedad de los errores procesales y la vulneración de derechos fundamentales exigen la repetición del juicio. El nuevo proceso se celebrará ante un tribunal diferente, garantizando que se respeten los principios de publicidad, inmediación y contradicción.

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