EL GOBIERNO DECLARA ZONA CATASTRÓFICA LOS TERRITORIOS AFECTADOS POR EL INCENDIO DE BUBIERCA

|

100522 rp cministros3


El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la declaración de Zona Gravemente Afectada por una Emergencia de Protección Civil (ZAEPC), conocida anteriormente como zona catastrófica, a los territorios afectados por el incendio declarado en Bubierca el pasado 18 de julio.  En una declaración conjunta con otros 118 incendios producidos en España desde el pasado 12 de junio, el Gobierno ha declarado ZAEPC a las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Valencia, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja. Así lo ha anunciado esta mañana la portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. 


Como el de Bubierca, que ha afectado a 14.000 hectáreas y obligó a desalojar a más de 2.000 personas, estos incendios han generado asimismo un grave daño medioambiental y han provocado graves desperfectos en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas, si bien en este momento no han podido ser todavía cuantificados con precisión.



Pese a no existir todavía un balance detallado de los daños provocados por estos siniestros y su cuantía, la magnitud de sus efectos y de las medidas necesarias para superar la grave perturbación de las condiciones de vida de la población provocada, para conseguir el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales y para recuperar la normalidad en las zonas afectadas justifican la intervención en este momento de la Administración General del Estado.



Una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.



Ayudas directas

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:



- Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros.



- Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.



- Ayudas por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros.



- Ayudas por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.



- Ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros.


- Ayudas por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50 por ciento de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.


- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.


- Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.


- El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.


OTRAS MEDIDAS


El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:



- Los distintos departamentos ministeriales podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por cualquiera de estos siniestros en infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias.



- El real decreto prevé la concesión de ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.



- Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.



- Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.



- Ayudas a las corporaciones locales: las entidades locales recibirán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.



Esta actuación estatal respeta el principio de solidaridad interterritorial y se produce con carácter subsidiario, como complemento a las iniciativas que, en ejercicio de sus competencias, corresponde a las administraciones públicas territoriales, tanto autonómicas como municipales.


La portavoz Rodríguez ha lamentado esta mañana los 119 incendios forestales producidos en los últimos meses que han provocado la muerte de hasta tres personas y la evacuación de 27.500 personas de sus hogares. En todos los casos, estos incendios alcanzaron tal gravedad que las comunidades autónomas afectadas se vieron obligadas a activar sus respectivos planes de protección en una situación operativa de niveles 1 o 2, tal y como establece el Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM). "Son incendios con características diferentes a las conocidas hasta ahora, debido al cambio climático, como lasaltas temperaturasque estamos viviendo", ha señalado al respecto Rodríguez, quien ha advertido de que en lo que va de año se han visto afectadas más de 200.000 hectáreas frente a las 50.000 del año pasado.


De este modo, ha instado a "poner todos los mecanismos para trabajar en la prevención y extinción de incendios". "Es momento de echar una mano a las CCAA,colaborar en esa que es su competencia y complementar esas ayudas para que los afectados puedan superar estos momentos", ha añadido. En este sentido, ha destacado que el acuerdo sirve para agilizar la concesión de las ayudas, pues con la declaración de zona catastrófica estas se pueden empezar a tramitar incluso antes de hacer la valoración de daños. Asimismo, Rodríguez ha recordado que los afectados "tienen otros mecanismos de los que ya van a poder recibir ayuda sin acogerse a este decreto, como pueden ser la gestión de los seguros agrarios".

Comentarios