ARAGÓN PONE EL FOCO EN REHABILITAR VIVIENDA MUNICIPAL DESTINADA A ALQUILER PARA LUCHAR CONTRA LA DESPOBLACIÓN

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El Boletín Oficial de Aragón publica este viernes la convocatoria 2023 del Fondo de Cohesión Territorial. Una convocatoria que este año dará protagonismo a la rehabilitación de vivienda, una de las necesidades más demandadas por los municipios aragoneses para luchar contra la despoblación a la hora de destinar unos fondos que hasta ahora se habían destinado para crear espacios de coworking, atención a las empresas de transformación agroalimentaria, creación de miradores o de senderos turísticos. Las solicitudes se podrán registrar a partir de mañana y hasta el próximo 16 de abril de 2023 para obtener unos fondos de los que en últimos tres años se han beneficiado 360 entidades locales, asociaciones, empresas y familias y ha supuesto el pago efectivo de casi 5.200.000 euros.


Las subvenciones del Fondo de Cohesión Territorial introducen una discriminación positiva hacia los asentamientos menos favorecidos porque otorga una puntuación mayor en función de los valores de rango que ocupan las localidades en la estructura del sistema de asentamientos de Aragón y del Índice Sintético de Desarrollo Territorial. El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, José Luis Soro, acompañado por el director general de Ordenación del Territorio, José Manuel Salvador, han presentado esta mañana los detalles de la convocatoria del Fondo de Cohesión Territorial 2023 que se ha publicado hoy en el BOA.  


Soro ha explicado que con estas ayudas “se da el protagonismo a los núcleos de población para invertir en lo que consideran más efectivo para frenar la despoblación”. Soro ha señalado que en estos momentos los ayuntamientos necesitan rehabilitar vivienda municipal para alquiler y este año la convocatoria se va a centrar en este sentido. En este sentido, las bases del Fondo de Cohesión Territorial permiten diseñar las convocatorias de cada año en función de la demanda de los municipios. Durante las pasadas convocatorias se atendieron peticiones para 


Para 2023 se han convocado dos líneas de subvenciones, la primera está destinada a las entidades locales para la rehabilitación de vivienda municipal que se destine al alquiler. A esta convocatoria se destinan 2.610.000 euros. Con la convocatoria del año pasado se llegaron a rehabilitar 53 viviendas. Respecto a las novedades, se ha incrementado el presupuesto máximo de 45.000 a 48.000 euros. Se incrementan también los gastos asociados a electrodomésticos y muebles de cocina (1000 y 500 euros respectivamente).


La segunda línea está destinada a entidades sin ánimo de lucro para la celebración de cuya programación desestacionalice la oferta y generando un efecto dinamizador y refuerce económicamente al sector cultural. A esta línea se destinan 300.000 euros. Una de las principales novedades es que este año se fomentarán la realización de actividades culturales de artes escénicas con el objetivo de reforzar los actos culturales y apoyar también al sector cultural que se enfrenta siempre a una estacionalización muy acusada.


Subvenciones para vivienda

GASTOS ELEGIBLES


  • Redacción proyecto y dirección de obra (hasta un 10% P.E.M.)
  • Derribos, desescombro, encofrados, construcción de pilares y tabiquería, pintura, ventanas, persianas, puertas, suelos, tejados, materiales de construcción, instalaciones eléctricas, instalaciones de fontanería e instalaciones de calefacción.
  • Electrodomésticos básicos de cocina y baño (hasta 3.000 euros, IVA incluido por vivienda).
  • Mejora de la accesibilidad (hasta 3.000 euros, IVA incluido).
  • Amueblamiento de cocina (hasta 2.000 euros, IVA incluido por vivienda).
  • El IVA, siempre que no sea recuperable.



Entidades sin ánimo de lucro: 

Presupuesto: máximo de 6.000 euros y mínimo de 2.000 euros

GASTOS ELEGIBLES


  • Caché de los grupos o personas intervinientes (con 5 actividades o más se consigue el 100% de financiación).
  • Gastos de desplazamiento/alojamiento (hasta un 10% del presupuesto).
  • Alquiler de vestuario y atrezo (hasta un 15% del presupuesto).
  • Alquiler de locales, carpas, escenarios, equipos audiovisuales, mobiliario, estructuras y maquinaria, servicios de telecomunicación, interpretación del lenguaje de signos, (hasta un 20% del presupuesto).
  • Adquisición o disponibilidad de material fungible (hasta un 10% presupuesto).
  • El IVA, siempre que no sea recuperable.


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